Especialistas en Prevención de Riesgos Laborales

👤 Marius Marti · 📅 30 de octubre de 2025

Información sobre los riesgos laborales: qué, cómo y cuándo debe comunicarse

Continuamos con las consultas de nuestros amigos y seguidores, hoy con el tema de la información sobre los riesgos inherentes al puesto de trabajo, tal como indica el artículo 18 de la Ley 31/1995.

¿De qué debemos informar?
¿Cómo debemos informar?
¿Cuándo debemos informar?

Com hem d’informar?
Quan hem d’informar?

La información debe ser tan amplia como sea posible y debe ser comprensible para la persona que la recibirá, tanto por el idioma como por el nivel técnico utilizado. Si es necesario, utilizaremos dibujos u otros recursos visuales.

Debe ajustarse a los riesgos de su trabajo y de su entorno laboral; por ejemplo, información sobre los puntos concretos de la evaluación de riesgos, las instrucciones de las máquinas o herramientas, las instrucciones de uso, mantenimiento y cuidado de los EPI, la manipulación de productos químicos o cómo actuar en caso de emergencia (aunque este punto se trata en otro apartado).

Esta información debe facilitarse de manera clara y fácil de entender para los trabajadores, y debe estar disponible para consultarla tantas veces como sea necesario. Es necesario documentar su entrega y actualizarla periódicamente.

Para cumplir con los preceptos legales, esta información debe proporcionarse en el momento de la contratación y cada vez que se produzcan cambios técnicos u organizativos. Sin embargo, si lo que queremos es ofrecer una buena prevención y protección, sería recomendable hacerlo con mayor frecuencia; como mínimo, una vez al año.

Ahora bien, hay casos especiales —como obras o zonas en las que se comparten espacios de trabajo— en los que esta información deberá facilitarse cada vez que aparezcan nuevas situaciones o se elaboren nuevos planes de seguridad.

Màrius Martí

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Especialista en asesoramiento preventivo, formación y seguridad laboral.